El ciudadano contratado reviste carácter de funcionario público, con las
obligaciones de la situación de estado policial establecida en el artículo
34 de la Ley N° 13.963 Orgánica de la Policía, y el derecho consagrado en
el artículo 35 literal D de dicho cuerpo legal conforme lo previsto en el
artículo 11° de este Decreto. Tendrá derecho asimismo, a la asistencia
médica gratuita a través de la Dirección Nacional de Sanidad Policial
durante el período de contratación, la que no se extiende a su núcleo
familiar.