Dispónese que el Programa 1.01, Administración General, del Inciso 9
Ministerio de Vivienda y Promoción Social, así como su respectiva Unidad
Ejecutora, servicios, bienes y funcionarios, pasen a depender del
Ministerio de Justicia, a excepción del encargado de la Contaduría Central
del actual Ministerio de Vivienda y Promoción Social y aquellos
funcionarios que se consideren necesarios a los efectos de la total
culminación el proceso de liquidación del citado Ministerio.