APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA ANP. EJERCICIO 1979




Promulgación: 13/02/1981
Publicación: 25/03/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 22

   Fíjase como Beneficio Social a favor de los funcionarios de la Administración Nacional de Puertos cualesquiera sean los Rubros o Subrubros presupuestales a que pertenezcan, una contribución para su Asistencia Médica por mes y por funcionario de N$ 12,00 (nuevos pesos doce).
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