REDUCCION DEL IMESI AL GASOIL - TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - DESIGNACION DE RESPONSABLES POR DEUDAS TRIBUTARIAS DE LOS TRANSPORTISTAS




Promulgación: 13/02/2003
Publicación: 18/02/2003
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 266

CAPITULO II RESPONSABLES

Artículo 14

 Vigencia.- Lo dispuesto por los artículos 1º al 6º entrará en vigencia a 
partir del próximo aumento de combustibles. Lo dispuesto en el artículo 
9º entrará en vigencia a partir de la publicación del presente Decreto en 
el Diario Oficial. Las restantes disposiciones regirán a partir del 1º de 
febrero de 2003.-
Referencias al artículo
Ayuda