Prorrógase la exoneración de derechos aduaneros y adicionales para la importación de azúcar crudo y/o bruto, yerba, café arpillera, máquinas para obras viales, medicamentos y materias primas destinados para su elaboración.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
Decreto Nº 813/973 de 27/09/1973,
Decreto Nº 245/973 de 05/04/1973,
Decreto Nº 670/972 de 11/10/1972,
Decreto Nº 218/972 de 23/03/1972.