REGLAMENTACION DEL SISTEMA DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA




Promulgación: 31/01/1979
Publicación: 19/02/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 18

   El incumplimiento, por parte de los funcionarios intervinientes en
todo el proceso de calificación y de las obligaciones impuestas por la
presente reglamentación, dará lugar a la aplicación de sanciones, por el
Ministerio de Justicia.
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