REGLAMENTACION DEL SISTEMA DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA




Promulgación: 31/01/1979
Publicación: 19/02/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   En caso que el funcionario encargado de evaluar se encuentre impedido
de hacerlo por cualquier motivo lo hará el que lo suceda en el cargo, o
en su decreto, el superior inmediato al funcionario ausente.
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