La Dirección de Contralor Legal expenderá certificados-guía de
circulación de uva, únicamente a los viticultores que se hallen inscriptos
en el Registro de Empresas a que hace referencia el decreto 336/983, de 21
de setiembre de 1983, así como a las personas autorizadas a
representarlos.
Dichos documentos serán intransferibles, pudiendo ser utilizados
unicamente para circular la uva del viticultor al que se le expidió y
que provenga del viñedo para la cuál fué entregado.