REGISTROS PUBLICOS - BIENES INMUEBLES




Promulgación: 20/01/1993
Publicación: 26/02/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 92

CAPITULO PRIMERO - REGISTROS DE LA PROPIEDAD INMUEBLE Y MOBILIARIO

Artículo 2

    Registro Mobiliario. El Registro Mobiliario comprenderá en todos los
Registros departamentales y local, los Registros de Vehículos Automotores
y el de Prenda sin Desplazamiento. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 20.
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