REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 13.574. RECURSOS DEL ESTADO. ELECCIONES NACIONALES




Promulgación: 21/12/1966
Publicación: 02/01/1967

Resumen:

Reglámentase la Ley Nº 13.574 que creó recursos para la financiación de 
las Elecciones Nacionales, dandóse normas para recaudación de los impuestos a los artículos de perfumería y tocador y disponiéndose la presentación jurada de existencias de productos por los fabricantes, importadores, mayoristas o intermediarios a cualquier título.
Derogada/o por: Decreto Nº 422/967 de 11/07/1967 artículo 15.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.574 de 26/10/1966 artículos 9, 11, 12 y 13.


		
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