PRORROGA DE EXONERACIONES DE TRIBUTOS A LAS IMPORTACIONES DE AZUCAR EN CRUDO O EN BRUTO, YERBA MATE, CAFE EN GRANO, ETC.




Promulgación: 30/09/1976
Publicación: 05/10/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 925
Referencias a toda la norma

Artículo 4

Las exoneraciones precedentes, no alcanzan al Impuesto a las
Importaciones establecido por los artículos 173 y siguientes de la ley
13.637 de 21 de diciembre de 1967 y reglamentado por el decreto 190/968
de 5 de marzo de 1968 y normas concordantes, el que se seguirá aplicando
de acuerdo con las mismas.
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