APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL - COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 01/10/1986
Publicación: 16/01/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 409
Referencias a toda la norma
 Visto: el Convenio de Cooperación Económica celebrado con el Gobierno de
la República Argentina el 20 de agosto de 1974, aprobado por el decreto
ley 14.674, de 29 de junio de 1977 y adecuado a las disposiciones del
Tratado de Montevideo 1980 con fecha 20 de diciembre de 1982 como Acuerdo
de Complementación Económica Nº 1.

 Resultando: que en oportunidad de celebrarse la XIV Reunión de la
Comisión Monitora del Convenio de Cooperación Económica Argentino Uruguayo
(28/29 de mayo de 1984 - 29/30 de mayo de 1984 y 31 de agosto de 1985) se
prestó aprobación al Acuerdo Nº 85 por el que los respectivos Gobiernos se
otorgan preferencias en el sector juguetes en nuevos productos y
ampliaciones de cupos, los que se registran en Anexo I al Acta Nº 14 de la
referida Comisión Monitora.

 Considerando: I) Que la República Argentina ha otorgado vigencia a las
preferencias que constan en el Anexo I a que se hace referencia en el
resultando;

II) Que corresponde instrumentar la vigencia de los compromisos contraídos
por la República y que constan en el Acuerdo de Comisión Monitora a que se
hace referencia;

III) Que corresponde también ajustar los términos de la preferencia
otorgada por la República en favor de la República Argentina que consta en
el decreto de 21 de mayo de 1986 ítems 84.12.1.01 y 84.15.9.99 la cual se
otorgó como ampliación de los "aparatos de aire acondicionado que reúnan
todos los elementos en un solo cuerpo", sujeto a su caducidad cuando se
retire la concesión del PEC o cuando se modifiquen las condiciones de
negociación.

 Atento: a lo dispuesto por los artículos 2, 3, 4, 5, 11, 12, 13, 14 y 15
del Acuerdo de Complementación Económica Nº 1 y a lo informado por la
Dirección General de Comercio Exterior.

 El Presidente de la República,

                               DECRETA

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 687/987 de 18/11/1987 artículo 3.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 636/986 de 01/10/1986 artículo 1.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA - ENRIQUE V. IGLESIAS - JORGE PRESNO HARAN
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