Exonérase del pago de diversos tributos la importación de maquinarias y equipos para instalación de nuevas industrias para el procesamiento de la producción frutícola y hortícola o a la reforma o ampliación de las existentes.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
Decreto Nº 410/977 de 05/07/1977 artículo 1,
Decreto Nº 560/975 de 17/07/1975 artículo 1,
Decreto Nº 885/973 de 18/10/1973 artículo 1.