SALUD PUBLICA. LICENCIATURA DE ENFERMERIA




Promulgación: 27/11/1991
Publicación: 27/01/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 766

Artículo 4

  La obtención del título de Nurse Licenciado en Enfermería capacita para:

a) Conducir el proceso de atención que realiza el equipo de enfermería de
los diferentes niveles de atención;

b) Asumir la responsabilidad de la enseñanza de enfermería en todos los
niveles de formación y participar en la enseñanza de acciones de salud
dirigidas a la población;

c) Administrar y en consecuencia dirigir los servicios docentes y
asistenciales de enfermería;

d) Promover y participar en investigaciones en el área propia y de la
salud en general;

e) Formular diagnósticos de enfermería, tratamiento y evaluación de los
mismos;

f) Brindar cuidados directos de enfermería que demanden conocimientos y
capacidad para tomar decisiones de inmediato;

g) Planificar, organizar y dirigir los servicios de enfermería en
instituciones públicas y privadas;

h) Ejercer la dirección de Divisiones y Departamentos de Enfermería o
instituciones, de Asistencia Médica;

i) Promover y realizar programas de educación en servicio y de
investigación;

j) Evaluar la capacidad profesional del personal de enfermería en
concursos, pruebas de ingreso, admisión, promoción, etc.;

k) Evacuar consultas de enfermería.
Ayuda