SALUD PUBLICA. LICENCIATURA DE ENFERMERIA




Promulgación: 27/11/1991
Publicación: 27/01/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 766

Artículo 5

  La obtención del título de Asistente Técnico de Enfermería capacita
para:

a) Desempeñar funciones de mediana complejidad en la promoción,
   protección, recuperación y rehabilitación de la salud, bajo la
dirección supervisión del Licenciado en Enfermería;

b) Participar en el proceso de atención de enfermería a individuos,
   familia y comunidad en promoción, protección y recuperación de la
salud,    así cómo en la prevención de enfermedades y rehabilitación en
ambientes intra y extrahospitalarios;

c) Participar en el proceso de atención de enfermería en los distintos
   ciclos vitales del individuo (gestación, recién nacido, niño,
adolescente, adulto y anciano), asumiendo tareas en los diferentes
niveles de atención;

d) Realizar procedimientos y técnicas de enfermería para los que, por su
   naturaleza y complejidad ha sido curricularmente capacitado;

e) Participar en la educación tendiente al mejoramiento de la salud de la
   población.
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