ADOPCION DE MEDIDAS CONDUCENTES A LA APLICACION DEL SISTEMA PREVISTO EN EL DECRETO 214/979, PARA CASOS DE EXCESIVO CONSUMO DE COMBUSTIBLES EN EMPRESAS INDUSTRIALES




Promulgación: 07/11/1979
Publicación: 10/12/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1178

Artículo 6

  Cométese a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland la facturación y percepción de la tarifa adicional, en los casos,
que corresponda. Las cantidades percibidas por este concepto serán
vertidas a Rentas Generales. A los efectos establecidos el GREI notificará
a la empresa y efectuará las comunicaciones pertinentes a ANCAP.
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