VITIVINICULTURA




Promulgación: 26/11/1980
Publicación: 30/12/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 1348
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.058 de 30/09/1980.
Referencias a toda la norma

Artículo 10

   Mantiénense en vigencia los plazos máximos para la entrega de orujos y
borras a las plantas destiladoras habilitadas establecidos por el artículo
18 del decreto 192/967, de 16 de marzo de 1967.
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