Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.058 de 30/09/1980.
Mantiénense en vigencia los plazos máximos para la entrega de orujos y borras a las plantas destiladoras habilitadas establecidos por el artículo 18 del decreto 192/967, de 16 de marzo de 1967.Ayuda