FIJACION DE PRECIOS FICTOS PARA LA LIQUIDACION DEL IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO. 1989




Promulgación: 29/12/1989
Publicación: 06/04/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

   Fíjanse para los tabacos subastados como decomisos de Aduana, los precios fictos, tasa e impuestos, que se detallan a efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente al semestre enero-junio de 1990:

TABACOS

                                            Ficto     Tasa     Impuesto
                                             N$        %          N$
                                              -        -           -

Tipo Amarelinho                              245       25        61
Tipo Hebra Negra                             200       25        50 
Tipo Hebra Blanca                            200       25        50

   Estos valores corresponden a paquetes de 45 gramos de contenido neto, para el caso de paquetes con declaración de contenido neto diferente, los precios fictos se calcularán en forma proporcional. 
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