Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 7
Fíjanse para los tabacos subastados como decomisos de Aduana, los precios fictos, tasa e impuestos, que se detallan a efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente al semestre enero-junio de 1990:
TABACOS
Ficto Tasa Impuesto
N$ % N$
- - -
Tipo Amarelinho 245 25 61
Tipo Hebra Negra 200 25 50
Tipo Hebra Blanca 200 25 50
Estos valores corresponden a paquetes de 45 gramos de contenido neto, para el caso de paquetes con declaración de contenido neto diferente, los precios fictos se calcularán en forma proporcional.