(Presentación de formularios-ficha).- La Dirección Nacional de la
Propiedad Industrial recibirá conjuntamente con las solicitudes y
renovaciones de derechos marcarios que se presenten a registro, el
formulario-ficha a que hace referencia el artículo 3 el que será de
contenido idéntico al trámite a iniciar.
El funcionario receptor controlará tal circunstancia, previo a su
agregación.