PROPIEDAD INDUSTRIAL - MARCAS DE FABRICA COMERCIO Y AGRICULTURA




Promulgación: 23/12/1992
Publicación: 12/01/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1992
  •    Página: 1134

Artículo 6

   (Suma e individualización del expediente). - Todo escrito que se
presente ante la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial deberá
llevar en la parte superior una suma o resumen del petitorio o contenido.

   En el encabezamiento del escrito y sin más excepción que el que inicia
una gestión, deben establecerse los datos individualizadores del
expediente respectivo.
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