REGLAMENTACION DE FERIAS Y EXPOSICIONES EN EL PREDIO FERIAL DEL LATU




Promulgación: 17/02/1994
Publicación: 01/03/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
      Visto: la necesidad de reglamentar el funcionamiento de ferias y
exposiciones en el Predio Ferial del Uruguay;

      Resultando: que a los efectos de inaugurar dicho Predio Ferial, el
Poder Ejecutivo, por Resolución de fecha 3 de junio de 1993 declaró de
Interés Nacional la Primer Feria Internacional del Plata/FIPLA 94;

     Considerando: I) que el contenido de las exposiciones o ferias estará
dirigido a bienes de capital, consumo y servicios orientados a apoyar al
sector industrial nacional;

     II) que las exposiciones y ferias que se lleven a cabo en el Predio
Ferial del Uruguay tendrán por objeto el propender al desarrollo del
intercambio comercial y tecnológico con los principales países del mundo;
incentivar la producción nacional a través del conocimiento de nuevos
materiales y procesos tecnológicos; facilitar la cooperación económica y
tecnológica entre los países participantes y fomentar nuevas inversiones;

     III) que el régimen de depósito aduanero es el que mejor se adecua a
las necesidades de funcionamiento de este tipo de feria o exposición, ya
que los depósitos en sentido aduanero son espacios cercados, cerrados o
abiertos, donde las mercaderías son almacenadas bajo control de la Aduana;

     IV) que el artículo 101 de la Ley Nº 15.691 de 7 de diciembre de 1984
(Código Aduanero) prevé la figura de Depósito transitorio de materiales de
procedencia extranjera para exposiciones, demostraciones, ferias y otras
actividades análogas;

     Atento: a lo dispuesto en el Artículo 168 numeral 4º de la
Constitución de la República, a lo previsto en los artículos 95 y
siguientes de la Ley Nº 15.691 de 7 de diciembre de 1984 (Código
Aduanero), y a lo informado por la Dirección Nacional de Aduanas;

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

  Habilítase el predio propiedad del Laboratorio Tecnológico del Uruguay,
denominado "Predio Ferial del Uruguay" como Depósito Particular
Transitorio con el fin de realizar en él ferias y exposiciones de carácter
industrial y comercial.  

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - EDUARDO ACHE
Ayuda