REGLAMENTACION DE FERIAS Y EXPOSICIONES EN EL PREDIO FERIAL DEL LATU




Promulgación: 17/02/1994
Publicación: 01/03/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

 Facúltase a la Dirección Nacional de Aduanas para autorizar el ingreso de
bienes y mercaderías destinadas a exposiciones y ferias a realizarse en el
Predio Ferial del Uruguay, así como para ejercer los controles necesarios
a fin de asegurar el interés fiscal.  
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