APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 1991




Promulgación: 03/12/1991
Publicación: 04/05/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 13

   La compensación prevista en el artículo anterior también tendrán
derecho a percibir los funcionarios asignados por la Dirección General de
Casinos a desempeñar funciones de Gerentes Regionales, en una región cuya
Sede Administrativa se encuentre radicada en una ciudad diferente a
aquella donde habitualmente residen.
Dicha compensación estará sujeta a las condiciones enumeradas en los
literales a) y c) del citado artículo. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 14.
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