PRESTAMOS A JUBILADOS DE MENORES RECURSOS




Promulgación: 27/12/2006
Publicación: 10/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 2036

Artículo 2

 Otórgase por parte del Banco de Previsión Social un préstamo de $ 500 (quinientos pesos uruguayos) en las condiciones cancelatorias descriptas en el artículo primero del presente Decreto, a los pensionistas integrantes de hogares de menores recursos que fueran beneficiarios de aumentos diferenciales (Decreto Nº 238/006 de 26/07/06), a percibir adicionalmente a la prestación correspondiente al mes de enero de 2007. 
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