REGIMEN DE CALIFICACIONES DE LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES




Promulgación: 28/11/1978
Publicación: 15/12/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 1162
Ver vigencia: Decreto Nº 169/013 de 06/06/2013 artículo 45.
Referencias a toda la norma

II) DE LA JUNTA DE CALIFICACIONES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Artículo 17

  Son cometidos de la Junta de Calificaciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores:

a) Uniformar los criterios de evaluación;
b) Efectuar la calificación anual de méritos de los funcionarios;
c) Resolver acerca de las observaciones que se hagan a la antigüedad
computada a los funcionarios;
d) Resolver los recursos de revocación que se interpongan contra sus
decisiones;
e) Evacuar las consultas que, dentro del ámbito de su competencia, se le
formulen;
f) Proponer al Ministro de Relaciones Exteriores las modificaciones que
estime pertinentes al sistema de calificaciones vigente.
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