Decreto N° 658/992
IMPUESTO A LAS VENTAS FORZADAS - REMATES JUDICIALES
Promulgación: 30/12/1992
Publicación: 22/01/1993
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 2
- Semestre: 0
- Año: 1992
- Página: 1154
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.320 de 01/11/1992 artículo 391.
Artículo 4
Tasa. - La tasa será del 2 % (dos por ciento).
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