TRIBUTOS. IMPUESTO A LA VENTA DE MONEDA EXTRANJERA. METALES PRECIOSOS




Promulgación: 15/01/1988
Publicación: 05/04/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 17

Artículo 4

  Territorialidad: Las operaciones a que se refiere el artículo 1o. de
este Decreto estarán gravadas cualquiera sea el lugar donde se perciba la
contraprestación en moneda nacional.
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