SE CONCEDEN LAS FRECUENCIAS 3300 MHZ Y 3700 MHZ PARA LA TRANSMISION INALAMBRICA DE DATOS




Promulgación: 27/12/2006
Publicación: 11/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 2045

Artículo 4

   Establécese que las tarifas por utilización del espectro 
radioeléctrico en la banda de frecuencias comprendida entre 3.400 y 3.700
MHz asignada antes de la fecha del presente Decreto con carácter precario
y revocable, serán ajustadas tomando en cuenta los precios que surjan del
referido procedimiento competitivo, de forma que aquellas se adecuen a 
los valores actuales del mercado. 

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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