IMPUESTO A LAS COMISIONES. FIJACION DE ALICUOTAS




Promulgación: 29/12/2006
Publicación: 19/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 2080

Artículo 2

   Manténgase vigente hasta el 30 de junio de 2007, la actual alícuota o
porcentaje del 2 % por concepto de tasa consular aplicable al valor CIF 
de los bienes importados.
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