REGULACION DEL FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS PARA EL PASADO RECIENTE, CREADA POR RESOLUCION 449/003




Promulgación: 27/03/2026
Publicación: 16/04/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la necesidad de regular el funcionamiento de la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente;

   RESULTANDO: I) que la Resolución de la Presidencia de la República N° 449/003 del 10 de abril de 2003, creó una Secretaría de Seguimiento con funciones administrativas con el cometido de atender y continuar los trámites pertinentes iniciados por la Comisión para la Paz que fuera creada por Resolución de la Presidencia de la República N° 858/000, de 9 de agosto de 2000;

   II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo N° 450/011 del 31 de agosto de 2011, se ampliaron los cometidos de la Secretaría de Seguimiento asignándole las tareas de recepción, análisis, clasificación y recopilación de información sobre las desapariciones forzadas ocurridas durante el período referido en los artículos 1° y 2° de la Ley N° 18.596 del 18 de setiembre de 2009 y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por la República Oriental del Uruguay en materia de Derechos Humanos;

   III) que la Resolución del Poder Ejecutivo N° 463/013 del 1° de agosto de 2013, dispuso que la Secretaría de Seguimiento de la Comisión para la Paz pasaría a denominarse Secretaría de Derechos Humanos para el pasado reciente, asignándole una serie de cometidos, sin perjuicio de las actividades dispuestas por la citada Resolución N° 450/011 de 31 de agosto de 2011;

   IV) que por Decreto N° 131/015 del 19 de mayo de 2015, se creó el Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia, estableciendo en su artículo 11 que la Secretaría de Derechos Humanos para el pasado reciente estará a cargo de un Director designado por Presidencia de la República, asimismo se estableció que la Secretaría pasara a constituir el soporte funcional y administrativo del Grupo de Trabajo por Verdad y Justicia, dependiendo administrativa y jerárquicamente de la Secretaría de Presidencia de la República;

   V) que el Decreto N° 131/015 en su artículo 12° derogó los literales b y d) del numeral 2° y el numeral 3° de la Resolución N° 450/011 y su modificativa y el artículo 3° de la Resolución N° 463/013, entendiendo asimismo derogadas todas las disposiciones de Resoluciones y Decretos contrarios al mismo;

   CONSIDERANDO: I) que la Ley N° 19.822 cometió a la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo la búsqueda de las personas detenidas y desaparecidas en el marco de la actuación ilegítima del Estado ocurrida entre el 13 de junio de 1968 y el 26 de junio de 1973, así como durante el período de facto desplegado entre el 27 de junio de 1973 al 28 de febrero de 1985, estableciendo que "La tarea que se comete comprende la investigación de la verdad sobre las circunstancias de la desaparición y la ubicación de los restos";

   II) que la citada norma legal estableció en su artículo 12° que la Presidencia de la República continuará con las tareas de digitalización de toda la información existente sobre la materia y se la entregará a la INDDHH que oficiará como repositorio;

   III) que con el transcurso del tiempo, diferentes normas legales y reglamentarias han asignado y derogado cometidos diversos a la actual Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente, por lo que resulta imprescindible darle una organización y sistematizar sus cometidos;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                                 DECRETA:

Artículo 1

   La Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente creada por Resolución de la Presidencia de la República N° 449/003 del 11 de abril de 2003, modificativas y complementarias, estará a cargo de una Dirección, cuya designación corresponderá a la Presidencia de la República. Dependerá administrativa y jerárquicamente de la Secretaría de la Presidencia de la República.

   YAMANDÚ ORSI - CARLOS NEGRO - MARIO LUBETKIN - SANDRA LAZO - JOSÉ CARLOS MAHÍA - JUAN CASTILLO - CRISTINA LUSTEMBERG
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