CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 12 INDUSTRIA DE LA VESTIMENTA Y AFINES. SUBGRUPO FABRICA DE CONFECCIONES DE PRENDAS FABRICAS DE PRENDAS DE CUERO Y FABRICAS DE ACOLCHADOS Y PERSONAL ADMINISTRATIVO DE TODA LA INDUSTRIA DE LA VESTIMENTA Y AFINES
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 4
Durante el período desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 31 de enero de 1986, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el Grupo Salarial.