Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el proyecto de nuevas Tasas y Tarifas de los servicios que
presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), elevado en acuerdo con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Resultando: que el incremento a aplicarse a partir del 1º de julio de 1988 se sitúa en un 16%.
Considerando: que es procedente aprobar las nuevas Tasas y Tarifas propuestas.
Atento: a lo dispuesto en el artículo 12 del decreto ley 14.235 del
25 de julio de 1974, por el cual se creó la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL),
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébanse las siguientes Tasas y Tarifas de los servicios que presta la
Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), las que tendrán vigencia a partir del 1º de julio de 1988. (*)