El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 20
Adecuaciones. El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo adecuaciones al Grupo 0, "Servicios Personales", con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en períodos acordes con las disposiciones legales y las disposiciones que se acuerden en los convenios colectivos del Sector Financiero Oficial.