PARTIDAS PRESUPUESTALES - REGIMEN DE FACILIDADES




Promulgación: 28/12/1990
Publicación: 19/02/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 954

Artículo 5

  Plazo:

  El período de pagos que se convenga no podrá ser superior a 36 (treinta
y seis) meses y será establecido a elección del deudor.
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