Visto: la necesidad de proyectar y ejecutar a nivel nacional el programa
internacional de UNESCO, de investigación científica y formación relacionado con el Hombre y la Biósfera (MAB).
Resultando: I) Que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura dio comienzos en noviembre de 1981 al
Programa MAB con el objetivo de proveer los conocimientos científicos y
personal calificado necesario para el manejo racional y a largo plazo de
los recursos naturales;
II) Que el Consejo Internacional de Coordinación del MAB ha exhortado a los países miembros de la Organización a constituir comités nacionales a
los mismos efectos;
III) Que el Programa MAB contribuye a utilizar de una forma más eficaz
los recursos humanos y financieros afectados a tal fin, a la vez que
evita la duplicación de esfuerzos al compartirse las responsabilidades
entre los distintos proyectos de investigación, sin que por ello se
descuiden las prioridades e iniciativas nacionales.
Considerando: que el país en su carácter de miembro de la Organización
de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura debe
dar una respuesta positiva al Programa MAB, en especial por cuanto los
resultados de la investigación y de la formación podrán ser aplicados
para la solución de sus necesidades más urgentes en la materia.
Atento: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por los
artículos 6º, 7º, 8º, 10 y 11 del decreto 574/974, de 12 de julio de
1974.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo 1
Créase el Comité Nacional del Hombre y la Biósfera que funcionará en
la órbita del Ministerio de Educación y Cultura.