Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículo 311.
Artículo 3
Dentro de los diez días siguientes a los plazos mencionados la sociedad
deberá justificar ante la Inspección General de Hacienda el pago de la
multa mediante la presentación ante esa Ofician de la respectiva boleta de
depósito bancario, que quedará agregada al expediente correspondiente.