REGLAMENTACION DE LA REGULACION DE JUICIOS POR COBRO A SOCIEDADES ANONIMAS




Promulgación: 23/09/1975
Publicación: 02/10/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 748
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.252 de 22/08/1974 artículo 311.

Artículo 5

El Banco de la República Oriental del Uruguay acreditará anualmente en la
Subcuenta a nombre y orden de la Inspección General de Hacienda, el 50%
del total de los depósitos efectuados en la cuenta a que se refiere el
artículo 2º.
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