Reglamentario/a de: Ley Nº 19.590 de 28/12/2017.
(Convocatoria para recibir el asesoramiento).- El Banco de Previsión Social establecerá los mecanismos para que los interesados comparezcan a recibir el asesoramiento referido en el artículo 3°, así como los plazos y condiciones a tales efectos.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 15.