APROBACION DE MODIFICACIONES PRESUPUESTALES DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE MALDONADO, EJERCICIO 1978




Promulgación: 21/12/1977
Publicación: 28/12/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 1357
     Visto: estas actuaciones por las que la Intendencia Municipal de
Maldonado gestiona la modificación de disposiciones sobre tributos que
recaen sobre la propiedad inmobiliaria urbana y suburbana para el
ejercicio 1978.

     Resultando: que las citadas modificaciones forman parte de un
proyecto de modificación presupuestal general que se encuentra en estos
momentos en elaboración y del que han sido desglosadas por razones de
urgencia dado que se refieren a tributos cuya recaudación debe ser
realizada durante los meses de enero y febrero de cada año.

     Considerando: I) Que si bien no se explicita en este desglose el
destino a dar a los nuevos recursos debe tenerse en cuenta que en tanto
estos representan alrededor del 50% sobre la recaudación del ejercicio
1977, el incremento de precios y costos de insumos impone un aumento por
lo menos similar de las asignaciones presupuestales, que permanecen sin
modificar desde 1976;

     II) Que la modificación presentada no cuenta con la aprobación de la
Junta de Vecinos del departamento en razón de encontrarse esta
desintegrada.

     Atento: a lo dispuesto por el artículo 5º, inciso c) del decreto
constitucional 3/976 de 1º de setiembre de 1976 a lo informado por la
Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y lo dictaminado por
el Tribunal de Cuentas de la República,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Apruébanse las modificaciones presupuestales propuestas para el ejercicio
1978, por la Intendencia Municipal de Maldonado respecto a los siguientes
tributos:

                                                  Vigente   Proyectado
                                                     -           -
                                                    N$           N$

Contribución Inmobiliaria Urbana   ............   2:278.251   4:623.005
Contribución Inmobiliaria Urbana (Adicional) ..     793.158      -
Impuesto al Baldío  ...........................     380.931     597.051
Conservación de Pavimentos    .................     515.895     515.895
Tasa General Municipal   ......................     838.146   1:700.757
                                                  ----------  ----------
     Totales   ................................   4:806.381   7:436.708
(*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

El destino de los nuevos recursos al ser aplicados a los programas
presupuestales deberá figurar en forma explícita en la modificación
presupuestal actualmente en curso y de la que han sido desglosadas las
disposiciones del artículo 1º de este decreto.

Artículo 3

La presente modificación presupuestal deberá ser convalidada por la Junta
de Vecinos de Maldonado una vez que esta haya sido designada.

Artículo 4

Comuníquese y vuelva a la Intendencia Municipal de Maldonado.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
Ayuda