Visto: estas actuaciones por las que la Intendencia Municipal de
Maldonado gestiona la modificación de disposiciones sobre tributos que
recaen sobre la propiedad inmobiliaria urbana y suburbana para el
ejercicio 1978.
Resultando: que las citadas modificaciones forman parte de un
proyecto de modificación presupuestal general que se encuentra en estos
momentos en elaboración y del que han sido desglosadas por razones de
urgencia dado que se refieren a tributos cuya recaudación debe ser
realizada durante los meses de enero y febrero de cada año.
Considerando: I) Que si bien no se explicita en este desglose el
destino a dar a los nuevos recursos debe tenerse en cuenta que en tanto
estos representan alrededor del 50% sobre la recaudación del ejercicio
1977, el incremento de precios y costos de insumos impone un aumento por
lo menos similar de las asignaciones presupuestales, que permanecen sin
modificar desde 1976;
II) Que la modificación presentada no cuenta con la aprobación de la
Junta de Vecinos del departamento en razón de encontrarse esta
desintegrada.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 5º, inciso c) del decreto
constitucional 3/976 de 1º de setiembre de 1976 a lo informado por la
Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y lo dictaminado por
el Tribunal de Cuentas de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébanse las modificaciones presupuestales propuestas para el ejercicio
1978, por la Intendencia Municipal de Maldonado respecto a los siguientes
tributos:
Vigente Proyectado
- -
N$ N$
Contribución Inmobiliaria Urbana ............ 2:278.251 4:623.005
Contribución Inmobiliaria Urbana (Adicional) .. 793.158 -
Impuesto al Baldío ........................... 380.931 597.051
Conservación de Pavimentos ................. 515.895 515.895
Tasa General Municipal ...................... 838.146 1:700.757
---------- ----------
Totales ................................ 4:806.381 7:436.708
(*)