TRANSPORTE TERRESTRE - TARIFAS PUBLICAS




Promulgación: 14/02/1990
Publicación: 24/04/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 8

   Fíjase en N$ 4.800.00 (nuevos pesos cuatro mil cohocientos) el valor
de la Unidad Sectorial de Transporte a que refiere el artículo 4.2 del 
decreto 326/986 de 25 de junio de 1986. 

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