Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo, de Inversiones y de Operaciones Financieras de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado correspondiente al ejercicio 1986.
Resultando: I) Que por decreto 659/986 de 10 de octubre de 1986 el Poder Ejecutivo aprobó el Presupuesto de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado para el presente ejercicio;
II) Que el Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado otorgó a sus funcionarios con fecha 1º de julio y 1º de noviembre de 1986 un aumento salarial del 15,5% y de 19,4% respectivamente;
III) Que de la lectura del referenciado decreto se constatan errores y omisiones en el articulado relativo a las normas de Ejecución Presupuestal.
Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado se encuentran comprendidos dentro de los lineamientos de la política económica propiciado por el gobierno;
II) Que es necesario realizar las modificaciones presupuestales que autoricen el financiamiento de los mismos y recojan los errores y omisiones antes mencionados.
Atento: a lo expuesto y precedentemente y a lo informado por la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Tribunal de Cuentas de la República,
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyanse las partidas y normas de ejecución del Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la
Administración de las Obras Sanitarias del Estado correspondiente al
ejercicio 1986 por las que se exponen a continuación:
I - PRESUPUESTO OPERATIVO N$ 6.553:769.158
________________
Rubro Denominación N$ N$
0 Retrib. de Serv. Personales 2.491:611.624
_____________
011.311 Sueldos básicos cargos perman. 223:641.058
Sueldos Directores 4:583.477
011.312 Incremento mayor horario 60:716.794
011.316 Premio cobradores 4:591.960
021.321 Sueldo básico personal contrat. 501:202.332
021.322 Incremento Mayor Horario 133:978.023
021.326 Premio cobradores 6:087.046
036.331 Sueldos Básicos pers. jornalero 448:300.001
036.332 Incremento mayor horario 139:913.860
050 Honorarios 4:615.396
061.301/a Horas Extras 57:020.038
061.301/b Comp. feriados 69:794.078
061.302/a Comp. zona balnearia 19:051.360
061.302/b Comp. desarraigo 2:643.404
061.304 Por func.dist.al cargo 59:345.856
061.307 Comp.guardias 100:882.610
062.301 Gastos de Representac. 594.777
062.308 Antigüedad 196:967.282
077 Quebranto 5:446.286
081 Ad.a cuenta N$ 600 12:301.920
082 Incremento abril´85 257:399.982
Sueldo anual compl. 182:534.084
_____________
Rubro Denominación N$ N$
1 Cargas Legales s/Serv. Pers. 659:120.506
___________
111 Ap. patronal al Sist. de
Seg. Social 503:979.728
121 Ap. patronal por fallecim. 4:970.598
122 Ap. Seg. enfermedad 75:596.960
123 Ap. patr. al FNV 25:198.986
125 Prima seg. acc. trabajo 24:175.248
131 Imp. a las retrib. y prést. nóm. 25:198.986
____________
2 Mat.y suministros 2.038:291.940
_____________
3 Servicios no Personales 460:803.000
_____________
4. Maq., Eq.y Mob. nuevo 64:000.000
_____________
7 Subs.y otras transf. 669:624.701
_____________
751 Prima por matrimonio 3:357.955
752 Hogar Constituído 134:985.600
753 Prima por nacimiento 4:273.696
754 Prestac.por hijo 53:575.680
759 Prestac.por alimentac. 449:596.980
773 Becas 6:356.550
779 Otras prestaciones 5:034.240
792 Tributos municipales 12:444.000
8 Serv.de Deuda y Anticipo 170:317.387
Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales" y 1 "Cargas
Legales sobre servicios personales" y 7 "Subsidios y otras transferencias" en lo concerniente a Beneficios Sociales y Becas
contienen los aumentos salariales otorgados por el Poder Ejecutivo hasta noviembre de 1986.
Dichos créditos incluyen el costo de los funcionarios restituídos
ingresados hasta diciembre de 1986. Se faculta al Organismo a crear los
créditos necesarios para la incorporación de los posibles restituídos con
posterioridad a esa fecha.
II - PLAN DE INVERSIONES
Rubro Denominación N$
0 Retrib. de servicios personales 198:541.000
1 Cargas legales s/serv. personales 57:094.000
2 Materiales y suministro 486:900.000
3 Servicios no personales 137:282.000
4 Máquinas, eq. y mobil. nuevos 271:397.000
5 Tierras. Edif. y otros act. preexist. 28:617.000
6 Construc. mejoras y reparac. ext. 1.706:769.000
_______________
TOTAL 2.886:600.000
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte
integrante de este decreto.
Dichas partidas incluyen el Plan de Obras Públicas Municipales. (*)