SECCION II - DE LA SOCIEDAD DE ECONOMIA MIXTA TITULO III - DE LA SELECCION DEL ADJUDICATARIO CAPITULO III - DE LA SOCIEDAD A CONSTITUIRSE
Artículo 17
(Objeto).- La sociedad a constituirse deberá tener como giro principal
la explotación de servicios aéreas, de acuerdo con lo dispuesto en el Art.
3 de la ley 11.740, de 12-XI-1951, en la redacción dada por el Art. 6 de
la ley 16.211, de 1-X-1991.