REGLAMENTACION DE LA LEY 14.804 RELATIVO A LA REGULACION DE LAS SOCIEDADES
CIVILES DESTINADAS A LA CONSTRUCCION DE EDIFICIOS POR EL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Certificado de vivienda de interés social.- Para la obtención de las
restantes exoneraciones, se deberá presentar al Banco Hipotecario del
uruguay, el permiso de construcción, una copia del mismo y dos ejemplares
de la memoria descrita y del presupuesto de las obras a realizar.
El Banco, previo el estudio correspondiente, devolverá sellados y
firmados: el permiso municipal y uno de los ejemplares de la memoria
descrita y del presupuesto entregando un certificado en el que conste que
las viviendas a construir son de interés social.