REGLAMENTACION DE LA LEY 14.804 RELATIVO A LA REGULACION DE LAS SOCIEDADES
CIVILES DESTINADAS A LA CONSTRUCCION DE EDIFICIOS POR EL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Requisitos del contrato de sociedad.- En los contratos sociales deberá
establecerse:
a) El domicilio de la sociedad y de los socios, a los efectos de lo
dispuesto en los artículos 3º y 4º de la ley 14.804;
b) El monto del capital social fijado en Unidades Reajustables (Artículo
38º de la ley 13.728 de 17 de diciembre de 1968) y la forma y
condiciones en que se integrarán los aportes;
c) A los efectos fiscales, el valor de la Unidad Reajustable al día del
otorgamiento.