CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 12 INDUSTRIA DE LA VESTIMENTA. SUBGRUPO SASTRERIAS DE MEDIDA




Promulgación: 04/12/1985
Publicación: 13/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

  Establécese que los trabajadores que no recibieran incremento salarial por percibir remuneraciones superiores a los mínimos acordados, 
percibirán un aumento general del 18% según costos de vida más un 4% de recuperación salarial, sobre las remuneraciones que perciban actualmente.
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