Facúltese al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de los Rubros
o "Retribuciones de Servicios Personales" y 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" para financiar la incorporación de aquellos funcionarios destituidos y que
sean reintegrados a sus funciones al amparo de las leyes 15.737 de 8 de marzo de 1985 y 15.783 de 28 de noviembre de 1985 y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables dando conocimiento al Tribunal de Cuentas de la República y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.