SERVICIOS DE RECAPACITACION LABORAL - INFRACCIONES A NORMAS LABORALES




Promulgación: 22/02/1994
Publicación: 03/03/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 244
Derogada/o por: Decreto Nº 238/000 de 16/08/2000 artículo 10.
      Visto: El Decreto Nº 564 de 16 de diciembre de 1993.

     Resultando: I) que el art. 14 de la citada norma prevé el régimen de
sanciones a las entidades capacitadoras que incumplan las obligaciones que
allí se disponen.

     II) que involuntariamente, se omitió en la transcripción, las
observaciones a las entidades capacitadoras como sanción.

     III) que, el estado derecho, al que debe adecuarse la Administración,
implica, disponer de un régimen de sanciones amplio, que permita de
acuerdo a la gravedad de la falta imponer una sanción acorde.

     Atento: a lo establecido en el Decreto Nº 565 de 16 de diciembre de
1993,

     El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

(*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 73/994 de 22/02/1994 artículo 1.

LACALLE HERRERA - RICARDO REILLY
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