APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 1988




Promulgación: 25/10/1988
Publicación: 15/08/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   La Dirección General de Casinos podrá disponer en régimen de fin de semana, feriados nacionales o de países limítrofes, y sus vísperas la apertura de aquellos Casinos y Salas de Esparcimiento que permanecen cerrados durante toda la temporada baja. Los funcionarios que presten servicios en dichas salas percibirán como sueldo el equivalente al 85% del sueldo básico normal prorrateado a los días trabajados.
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