Visto: la Enmienda 1 de los Procedimientos para los Servicios de
Navegación Aérea - Reglamento del Aire y Servicios de Tránsito Aéreo
(PANS-RAC, Doc. 4444-RAC/501/12) Duodécima Edición al Convenio sobre
Aviación Civil Internacional.
Resultando: I) Que por decreto 148/981 de 24 de marzo de 1981 se
declaró incorporado al derecho interno el texto de los Procedimientos
para los Servicios de Navegación Aérea Reglamento del Aire y Servicios
de Tránsito Aéreo incluida la Enmienda 1 y por decretos 107/982,
220/983, 489/983 de 23 de marzo de 1982, 6 de junio de 1983 y 20 de
diciembre de 1983 las Enmiendas 2, 3, 4 y 5 respectivamente
encontrándose actualmente en trámite la Enmienda 6;
II) Que el Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional
en la Décimocuarta sesión de su 117 Período de sesiones adoptó la
referida Enmienda.
Considerando: que la Enmienda a los Procedimientos para los Servicios
de Navegación Aérea - Reglamento del Aire y Servicios de Tránsito
Aéreo en vista, no contiene disposiciones que contraríen la
legislación y el orden público interno, en cuyo mérito procederá
declarar la vigencia de conformidad con los artículos 37, 54 y 90 del
referido Convenio sobre Aviación Civil Internacional, ratificado por
ley 12.018 de 4 de noviembre de 1953.
Atento: a lo establecido por el artículo 72 de las Normas de Política
Aeronáutica aprobadas por decreto 325/974 de 26 de abril de 1974, a
los preceptos del Convenio de Aviación Civil Internacional y a lo
informado por la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica y el Comando General de la Fuerza Aérea,
El Presidente de la República
DECRETA:
Declárase vigente a partir del 20 de noviembre de 1986 la Enmienda 1 de
los Procedimientos para los Servicios de Navegación Aérea - Reglamento del
Aire y Servicios de Tránsito Aéreo (PANS-RAC, Doc. 4444 RAC/501/12),
Duodécima Edición al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. (*)
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.
Comuníquese, publíquese y pásese al Comando General de la Fuerza Aérea
para su conocimiento, para que disponga las comunicaciones del caso y
demás efectos.
SANGUINETTI - JUAN VICENTE CHIARINO - ENRIQUE V. IGLESIAS